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Artículo 15

 

FRACCIÓN I

El Plan Municipal de Desarrollo, el Plan de Desarrollo Urbano, los programas operativos anuales, sectoriales y las modificaciones que a los mismos se realicen.

Área o unidad administrativa responsable de generar la información: Desarrollo Económico.

FRACCIÓN II

La información detallada que contengan los planes de ordenamiento territorial y ecológico, los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción, de transporte, vía pública y toda la información sobre permisos y licencias otorgadas por las autoridades municipales.

Área o unidad administrativa responsable de generar la información: Sindicatura, Obras y Servicios Públicos y Tesorería.

FRACCIÓN III

Los estudios de desarrollo urbano y el catalogo de servicios públicos.

Área o unidad administrativa responsable de generar la información: Desarrollo Económico, Agua Potable, Sindicatura, Registro Civil y Secretaría.

 

FRACCIÓN IV

Las participaciones federales y todos los recursos que integran su hacienda; y las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones, que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.

Área o unidad administrativa responsable de generar la información: Tesorería.

FRACCIÓN V

Los criterios y mecanismos de participación ciudadana en los procesos de elaboración, implementan y evaluación de políticas públicas, así como en la toma de decisiones de las entidades públicas municipales.

Área o unidad administrativa responsable de generar la información: Desarrollo Económico

FRACCIÓN VI

Los informes anuales municipales.

Área o unidad administrativa responsable de generar la información:  secretaria.

FRACCIÓN VII

Los montos recibidos por concepto de multas, recargos, depósitos fiscales y fianzas.

Área o unidad administrativa responsable de generar la información: Tesorería.

FRACCIÓN VII

Los montos recibidos por concepto de multas, recargos, depósitos fiscales y fianzas.

Área o unidad administrativa responsable de generar la información: Tesorería.

FRACCIÓN VIII

Los empréstitos, deudas contraídas, así como la enajenación de bienes.

Área o unidad administrativa responsable de generar la información: Tesorería.

FRACCIÓN IX

Los controles de asistencia de los integrantes del Ayuntamiento a las sesiones del cabildo.

Área o unidad administrativar esponsablee de generar la información: Secretaría.

FRACCIÓN X

Las iniciativas de ley, decretos, bandos, reglamentos o disposiciones de carácter general o particular en materia municipal.

Área o unidad administrativa responsable de generar la información: Secretaría, Oficialía Mayor y Seguridad Publica.

 

FRACCIÓN XI

La información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas responsabilidad del Ayuntamiento y sus dependencias.

Área o unidad administrativa responsable de generar la información: Unidad Enlace.

Artículo 40

ARTICULO 40

RUBLO APLICABLE AL MUNICIPIO DE NORIA DE ÁNGELES, ZAC.

ACTUALIZADO AL 2DO TRIMESTRE 2018

Formato Rubros aplicables a la página de Internet

TABLA DE APLICABILIDAD

TABLA-DE-APLICABILIDAD-DEL-MUNICIPIO-DE-NORIA-DE-ANGELES

TABLA DE ACTUALIZACION ARTICULO 39

Tabla-de-Actualización-y-Conservación-de-la-Información-Art.-39

TABLA DE ACTUALIZACION ARTICULO 40

Tabla-de-Actualización-y-Conservación-de-la-Información-Art.-40

TABLA DE ACTUALIZACION ARTICULO 41

Tabla-de-Actualización-y-Conservación-de-la-Información-Art.-41

Bienvenido

 

Bienvenido al sitio del H. Ayuntamiento de Noria de Ángeles

El portal del ayuntamiento tiene como objetivo garantizar la transparencia y así dar cumplimiento a lo estipulado por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas; de esta forma pone a disposición de la ciudadanía en general, la información que debe ser difundida de oficio (LTAIP Art. 39 y 41) así como el acceso directo al sistema electrónico INFOMEX http://infomexzacatecas.org.mx/Infomex/  a través del cual toda persona podrá ejercer su derecho constitucional de acceso a la información pública municipal, pues la Ley establece que los ciudadanos pueden solicitar de forma física o por medios electrónicos información de carácter público con reserva de la protección de datos personales. De este modo el Ayuntamiento a través del Departamento de Unidad de Transparencia, tiene la obligación de recabar y enriquecer la información que contiene y procurar que sea actualizada periódicamente solicitando los informes de cada una de las direcciones a fin de promover y arraigar la cultura de la transparencia y la rendición de cuentas en la sociedad.